Por: Aday del Sol Reyes
Aunque en Cuba no existe el tráfico ni la venta de menores, sus leyes contemplan este tipo de delito contra la infancia, para aplicarlas en el caso necesario.
El Estado cubano mantiene una política de tolerancia cero ante la violencia y el abuso sexual contra menores
por los daños irreversibles desde el punto de vista físico, psíquico y
sociales que sufren las víctimas de este fenómeno, aseguró en
conferencia de prensa la Coronel, Doctora en Ciencias Jurídicas, Idaís
Borges Barrios, Jefa de Dirección de Menores del Ministerio del Interior
(MININT).
En
el Centro de Protección de niñas, niños y adolescentes, ubicado en el
municipio Playa de la Capital, Borges, compartió sobre las experiencia
cubana en el enfrentamiento de los delitos contra menores, a raíz de la
reciente presentación del Informe de Cuba en el enfrentamiento jurídico - penal a la trata de personas y otras formas de abuso sexual del año 2012 y como preámbulo a una visita que realizará la prensa a la Escuelas de Formación Integral [i] del Ministerio del Interior, en La Habana.
La Coronel, Dra. Idaís Borges Barrios, Jefa de Dirección de Menores del Ministerio del Interior.
Ante
la presencia de la Directora del Centro, Teniente Coronel Niurka
Fernández y otros especialistas, la Jefa de Dirección de Menores del
MININT, explicó en detalle los instrumentos jurídicos / por los que se
rige Cuba para garantizar la efectiva seguridad y protección integral de
los niños y adolescentes, como son los códigos de Familia, de la Niñez y
la Juventud y un decreto sobre la Adopción, entre otros.
Los
delitos contra la infancia penados severamente por la leyes jurídicas
(62/87) en Cuba van desde el incesto, estupro, pederastia con violencia,
ultraje sexual, violación, corrupción de menores hasta la venta y tráfico, que aunque esta última es inexistente, está tipificada en el código penal
para sancionar a quien venda o transfiera en adopción a otra persona a
un menor de edad, a cambio de recompensa, compensación financiera o de
otro tipo.
En el Informe que la ministra de Justicia de Cuba presentó en octubre pasado se expone claramente que la mayoría de los hechos de prostitución y proxenetismo existentes en la Isla no califican como delito de trata de personas,
en correspondencia con lo refrendado en los instrumentos
internacionales vigentes, como el «Protocolo para prevenir, reprimir y
sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños» de la
Convención contra el Crimen Trasnacional Organizado del 2000 (Convención
de Palermo).
En cuanto a las cifras de los
delitos cometidos contra menores se muestra que un 54 % corresponde a
abusos lascivos, un 25 % agrupa hechos de violación, corrupción y
ultraje, y un 21 % son de pederastia, incestos y estupro,
denunciados a la policía en su mayoría por los médicos de la comunidad,
las casas de orientación de la mujer y la familia o a través de
llamadas de la población al 106, apuntó la funcionaria.
Borges,
aclaró, que a diferencia de lo que se cree, los actos de violencia
que atentan contra el normal desarrollo del niño (abuso sexual o
cualquier otra forma de maltrato infantil) no es privativo de un hogar
disfuncional o de personas con bajo nivel cultural.
A pesar de estos casos, que lamentablemente enfrenta la sociedad, Cuba
se encuentra hoy entre los países con más bajo índice de abusos contra
la infancia porque existe todo un sistema de prevención y atención a la
niñez donde se desarrollan diversas acciones y
participan de conjunto los órganos de justicia, el Ministerio de Salud
Pública, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Turismo, el
Ministerio de Educación, los Consejos Populares desde el barrio y las
organizaciones sociales y de masas.
Respondiendo a las preguntas de la prensa
Por
su parte la Dirección de Menores del MININT y sus tres centros de
protección, en La Habana, Santa Clara y Santiago de Cuba, trabajan para
prevenir y detectar los delitos cometidos contra ese sector de la
población, así como para reducir la victimización secundaria de los
menores que han sufrido hechos violentos, evaluar y dar tratamiento
educativo y especializado a las víctimas y sus familias.
A diferencia de otras naciones, en Cuba no existen redes criminales desarrolladas para la violencia, abuso sexual o tráfico de menores, por lo que los niveles de incidencia de estos delitos son relativamente bajos (0, 0 9 %). Las estadísticas apuntan que al cierre del 2012 se registraron 2 117 denuncias, en una población de dos millones 260 mil 751 habitantes de hasta 16 años, considerados menores de edad, sentenció Borges.
El pasado año fueron juzgadas en territorio nacional 241 personas por el delito de proxenetismo, y siete extranjeros están privados de libertad por el delito de corrupción de menores, asociado al abuso sexual infantil.
La
legislación penal cubana admite , además, medidas punitivas para el
grado de tentativa, y el agravamiento de la sanción a quienes utilicen a
menores para la ejecución de un delito. Asimismo, faculta a los
tribunales para decretar al momento del juicio, la aplicación de la
sanción accesoria de ex-pulsión de extranjeros del Territorio Nacional,
una vez cumplida la sanción principal, y que tiene su complemento en la
Ley cubana de Extranjería y su reglamento, aseguró la Jefa de Dirección
de Menores del MININT.
Para
la atención a niñas, niños y adolescentes con trastornos de conducta o
aquellos que cometen actos que la ley asume como delitos, existe un
sistema despenalizado de tratamiento diferenciado (amparado en el Decreto Ley 64/82) en los Centros de Evaluación, Análisis y Orientación de Menores[ii], Escuelas de Formación Integral y los Centros de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes, como el de 10 y 31, en Playa, visitado este martes por la prensa nacional y extranjera acreditada en Cuba.[iii]
[i] Escuelas
de Formación Integral: Aseguran la atención integral de niñas, niños y
adolescentes con desviaciones graves sostenidas en su conducta o que han
cometido actos que la ley tipifica como delitos. Existen 12 en el país,
regidas bajo los mismos principios educativos y de funcionamiento que
el resto de los centros del sistema nacional de enseñanza. En ellas
labora un personal con alta capacitación profesional y están
desprovistas de rejas u otras medidas de seguridad propias de los
centros penitenciarios.
[ii] Centros de Evaluación, Análisis y Orientación de Menores: Cuentan con personal especializado que analiza las causas que propician estos hechos, establecen las necesidades educativas, recomiendan medidas y orientan a la familia.
[ii] Centros de Evaluación, Análisis y Orientación de Menores: Cuentan con personal especializado que analiza las causas que propician estos hechos, establecen las necesidades educativas, recomiendan medidas y orientan a la familia.
[iii]
Centros de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes: Previenen la
victimización secundaria en los delitos sexuales, orientan a la familia,
ofrecen atención terapéutica y psicológica, acompañan a las niñas y
niños que excepcionalmente son citados a la vista del juicio oral y
realizan investigaciones sociales sobre este fenómeno. Existen tres
centros de este tipo (La Habana, Santiago de Cuba y Santa Clara).
Cuentan con equipos multidisciplinarios altamente calificados y
tecnologías de avanzada para garantizar la grabación en audio y vídeo de
la exploración, lo cual evita la presencia de niñas y niños en las
vistas del juicio oral en correspondencia con la Instrucción 173/2003
del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, establecida para
garantizar su intimidad, principalmente, en los casos juzgados de abuso
sexual infantil.
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